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Elecciones y Sistemas Políticos

El insulto no es un programa de gobierno

Brasil acaba de votar contra una campaña hecha de agravios, las encuestas de EEUU van por el mismo carril y en Argentina el presidente sigue llamando a quemar periodistas.

Por Lautaro Ezequiel Pittier·1 de noviembre de 2026
El insulto no es un programa de gobierno

Imagen: Benyi Barros (generada con IA)

El domingo pasado Lula fue reelegido en Brasil, en un balotaje cerrado frente a Flávio Bolsonaro.[1] Las últimas encuestas de Datafolha y Quaest daban arriba al candidato bolsonarista, por dos puntos, dentro del margen de error.[2] No alcanzó. Jair Bolsonaro, que sigue preso por el intento de golpe, no estaba en la boleta, pero la campaña tenía su sello de punta a punta: el hijo prometió indultarlo si ganaba,[3] anunció que iba a “jubilar” a Lula y en pleno debate le recordó el dedo que Lula perdió en un accidente de trabajo.[4] Pidió disculpas después, cuando el daño ya estaba hecho. Y conviene decirlo completo: Lula contestó que no iba a permitir que “un miliciano” lo llamara nueve dedos, y durante la jornada electoral habló de un “parapolicial” en el Planalto.[5] La política brasileña de esta semana no fue un seminario de buenas maneras, ni de un lado ni del otro.

Con Estados Unidos hay que ser más prudente, porque todavía no votó nadie. Las elecciones de medio término son el 3 de noviembre.[6] Lo que hay son encuestas, y son malas para Trump: según el sondeo de The Washington Post, ABC News e Ipsos de mediados de octubre, el 33% aprueba su gestión y el 66% la desaprueba, y entre los votantes registrados los demócratas le llevan ocho puntos a los republicanos para la Cámara de Representantes, 50 a 42.[7] Frente a eso, el presidente eligió el repertorio de siempre. En un acto en Kentucky dijo que la llegada de migrantes “fue como una invasión militar” y que “todavía nos estamos deshaciendo de lo peor de lo peor”, y avisó que si los demócratas ganan lo van a repetir.[8] Puede que funcione y puede que no. Lo que ya no puede decirse es que no se sepa cómo suena.

Y suena a lo que Naciones Unidas llama discurso de odio: cualquier comunicación que ataque o use un lenguaje peyorativo o discriminatorio contra una persona o un grupo “en función de lo que son”, sea por su nacionalidad, su religión, su etnia o su origen.[9] No es una definición universal, porque en el derecho internacional no existe ninguna, y yo mismo lo señalé cuando comenté el caso del Diccionario de la RAE.[10] Pero como punto de partida alcanza.

Argentina ocupa un lugar incómodo en este mapa, porque acá el método no perdió. Hace un año La Libertad Avanza ganó las legislativas con el 40,84% de los votos a nivel nacional,[11] y desde entonces el presidente no cambió el tono, lo subió. Esta semana, en Madrid, le contestó a una periodista de El Intermedio que “amo tu corazón, pero no puedo respetar tu cerebro”, y a otra, de la Cadena SER, la despachó como “gente corta intelectualmente y miserable”.[12] Las asociaciones de prensa de España lo repudiaron.[13] Después, el viernes, tras el sobreseimiento en la causa $LIBRA, dijo en un acto de la Fundación Faro que los que se tienen que quemar en la hoguera son los periodistas que investigaron el caso, con un insulto que prefiero no reproducir.[14] La Academia Nacional de Periodismo contó 862 expresiones agraviantes entre enero y octubre de este año, contando lo que el presidente escribe y lo que reposta.[15] Hasta la UCR dijo que esto ya no se puede normalizar.[16]

Hay que ser preciso acá, porque la precisión es lo único que separa una crítica de una cruzada. Insultar a un periodista no encaja, en rigor, en la definición de discurso de odio, que se apoya en rasgos de identidad. Es descalificación, y desde el poder. Lo de la hoguera es otra cosa, una imagen de violencia contra personas concretas, aunque tampoco creo que sea el caso para el Código Penal. El estándar interamericano es más exigente que el del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: el artículo 13 de la Convención solo admite como límite la incitación a la violencia ilegítima, prohíbe la censura previa y deja cualquier sanción para después, con responsabilidad civil o penal y bajo proporcionalidad estricta.[17] Es el marco que expuse al comentar el caso de la RAE y su acepción de “judío”: en el modelo americano el discurso de odio no habilita censura previa y queda sometido a responsabilidad ulterior.[18] No me interesa ver a Milei procesado por lo que dice. Me interesa que lo que dice no pase por normal.

Ahí está lo que escribimos con Ricardo Rincón a propósito del caso Rivadulla Duró en Estrasburgo. Existe un discurso intolerante que la libertad de expresión ampara, y que por eso mismo no se combate con cárcel sino con otras herramientas: educación, campañas de sensibilización, espacios de debate público donde se aprenda a distinguir una opinión de un agravio.[19] Es poco épico, lo sé. Pero la alternativa de reprimir tiene un problema que el propio Tribunal Europeo viene señalando desde hace años, y es que sanciona al revés. España fue condenada por penalizar insultos a figuras públicas, incluso a la Corona.[20] La doctrina protege el agravio dirigido hacia arriba, hacia el que tiene el poder y debe aguantar más críticas que el resto. No protege el que baja desde el poder hacia una periodista con un micrófono y una redacción pequeña.

A eso se suma algo que la Corte Interamericana ha dicho en casos como Ríos y Perozo contra Venezuela: los funcionarios tienen un deber especial al hablar, porque sus palabras pesan más y pueden funcionar como intimidación.[21] El presidente tiene derecho a opinar, claro. Lo que no tiene es el derecho a hacerlo con la misma desaprensión de un usuario cualquiera de X. Sus seguidores van a decir que defender la libertad de expresión incluye bancarse el insulto, y que los periodistas tampoco son monjas. Es verdad que la libertad incluye el insulto. También es verdad que nadie pide sancionarlo. Pero que algo esté permitido no lo vuelve inocuo ni gratuito, y la distancia entre un columnista que se pasa de rosca y un jefe de Estado que señala nombres y apellidos en un acto público es tan grande que no merece mucha discusión.

Falta decir qué enseña Brasil. Enseña poco, si uno es honesto. Una elección se gana y se pierde por la inflación, por los salarios, por la seguridad, y nadie puede atribuirle a un dedo mal mencionado la derrota de Flávio. Lo que sí deja a la vista es que el agravio permanente tiene techo, y que cuando el votante se cansa del ruido el candidato que solo trae ruido se queda sin nada que ofrecer. Falta ver si Estados Unidos confirma en noviembre lo que hoy dicen las encuestas. Y falta ver si Argentina ya tocó su techo o todavía le queda camino, algo que se va a saber recién en las urnas de 2027. Al final del día, el problema no es que un presidente pierda las formas, sino que normalice la intimidación hasta convertirla en método de gobierno. El derecho podrá proteger la libertad de expresión -incluso en su versión más tosca y agresiva-, pero la democracia no sobrevive indemne cuando quien debe garantizar el debate público decide, sistemáticamente, demolerlo. El techo del agravio no lo pondrán las encuestas ni los tribunales; lo pondrá una ciudadanía que decida si quiere gobernar su destino con ideas o resignarse a ser rehén del grito.


La doctrina interamericana es clara al trazar límites: los discursos del poder pesan más porque intimidan más. Defender la democracia exige entender que la tolerancia legal ante el agravio institucional no puede transformarse en pasividad social. Si el insulto se vuelve el único lenguaje del poder, la política deja de ser el arte de convencer para convertirse en el ejercicio de arrasar. Y contra eso, el derecho y las urnas son las últimas líneas de defensa.


Sobre el autor:

Lautaro Ezequiel Pittier es Abogado y Profesor Universitario en Ciencias Juridicas Director de Asuntos Jurídicos de la Facultad de Derecho de la UNLZ y Docente Adjunto de Derechos Humanos y de la Asesoria de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Autor de la Doctrina de la Corte Interamericana para Argentina ED El Foro 2026.


Referencias

[1]La Nación, “Resultados en vivo: Lula da Silva ganó el balotaje 2026 y fue elegido presidente de Brasil”, 25/10/2026; Ámbito, “Balotaje en Brasil: Lula logró el batacazo y venció a Flávio Bolsonaro”, 25/10/2026. Los cortes parciales del escrutinio daban a Lula entre 50,8% y 50,9% con dos tercios de las mesas escrutadas (La Nación, Ámbito, MDZ, 25/10/2026).

[2]Primicias, cobertura en vivo del balotaje, 25/10/2026; El Financiero, “Elección presidencial Brasil, segunda vuelta”, 25/10/2026. Ambas citan a Datafolha y Quaest con 51% para Flávio Bolsonaro y 49% para Lula.

[3]El Financiero, 25/10/2026 (la prisión de Jair Bolsonaro por el intento de golpe y el anuncio del indulto figuran en un pie de foto); Primicias, 25/10/2026.

[4]Primicias, 25/10/2026, sobre el debate de TV Globo. Flávio Bolsonaro prometió “jubilar” a Lula en el primer debate, habló de beneficios sociales dados “con una mano y sacados con los nueve dedos” y luego pidió disculpas. Lula respondió: “No voy a permitir que un miliciano me llame nueve dedos”.

[5]MDZ, 25/10/2026: “Estoy seguro que el pueblo de Brasil no permitirá que un parapolicial ocupe el Palacio del Planalto”.

[6]La Nación, “En noviembre 2026: qué se vota en las elecciones de medio término de Estados Unidos”, 25/10/2026.

[7]Encuesta de The Washington Post, ABC News e Ipsos, realizada del 9 al 13 de octubre de 2026 a 2.545 adultos, con margen de error de 2 puntos: 33% de aprobación y 66% de desaprobación de Trump; entre votantes registrados, 50% a 42% a favor de candidatos demócratas para la Cámara. Según La Nación, “Midterms elections USA 2026: tiemblan los republicanos y la baja aprobación de Trump da ventaja a los demócratas”, 20/10/2026.

[8]El Diario NY, “Trump recurre a la retórica antiinmigrante para impulsar al Partido Republicano en las elecciones”, 18/10/2026 (acto en Truist Arena, Northern Kentucky University).

[9]Naciones Unidas, “¿Qué es el discurso de odio?”, https://www.un.org/es/hate-speech/understanding-hate-speech/what-is-hate-speech, citada en Pittier, L. E., “Los denominados discursos de odio y los derechos humanos”, Rubinzal-Culzoni, RC D 558/2024, apartado I.

[10]Pittier, “Los denominados discursos de odio y los derechos humanos”, RC D 558/2024, comentario al fallo “Muñoz Machado, Santiago s/ Infracción art. 3, Ley 23.592”.

[11]TodoJujuy, “La Libertad Avanza se impuso con el 40,84% en las elecciones 2025 de Argentina”; La Capital, “Contundente triunfo: La Libertad Avanza gana la provincia de Buenos Aires y obtiene más del 40% de los votos en todo el país”.

[12]Infobae, 22/10/2026. Los dichos corresponden a Madrid, el miércoles 21 de octubre: “Amo tu corazón, pero no puedo respetar tu cerebro” a la periodista Isma Juárez, de El Intermedio (laSexta), y “gente corta intelectualmente y miserable” a Julia Molina, de la Cadena SER.

[13]Infobae, 22/10/2026, que menciona los pronunciamientos de la FAPE y de la Asociación de la Prensa de Madrid.

[14]La Silla Rota, “’Quemarse en la hoguera’: repudian en Argentina los ataques de Milei a la prensa”, 25/10/2026, sobre el acto de la Fundación Faro posterior al sobreseimiento en la causa $LIBRA del 23/10/2026. Según esa nota, los destinatarios fueron periodistas que investigaron el caso.

[15]Registro de la Academia Nacional de Periodismo (enero a octubre de 2026), según La Silla Rota, 25/10/2026.

[16]La Silla Rota, 25/10/2026.

[17]Pittier, L. E. y Rincón, R. G., “Los límites de la libertad de expresión y el discurso de odio. Reflexiones en torno al fallo ‘Duró Pablo Rivadulla c/ España’”, La Ley, 14/02/2024, apartado VI, que cita la Declaración Conjunta sobre Racismo y Medios de Comunicación de los relatores para la libertad de expresión de la ONU, la OSCE y la OEA.

[18]Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Informe Anual 2004, citado en Pittier, RC D 558/2024, apartado III, y en Pittier y Rincón, La Ley, 14/02/2024, apartado VI.

[19]Pittier y Rincón, La Ley, 14/02/2024, apartados IV y VII; la distinción entre discurso de odio sancionable y discurso intolerante proviene de la guía del Ayuntamiento de Barcelona citada allí.

[20]Pittier y Rincón, La Ley, 14/02/2024, apartado IV: TEDH, Stern Taulats y Roura Capellera c. España; Otegi Mondragón c. España, 15/03/2011. El caso comentado es TEDH, Rivadulla Duró c. España, demanda 27925/21 (2023).

[21]Corte IDH, Caso Perozo y otros vs. Venezuela, sentencia del 28/01/2009 (Serie C No. 195), y Caso Ríos y otros vs. Venezuela, sentencia del 28/01/2009 (Serie C No. 194).

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